Régimen descanso Agosto 2024
Tras la consulta realizada por el Ayuntamiento a la Comunidad de Madrid en relación con el régimen de descanso en el periodo estival, se ha resuelto mantener el sistema de descanso por quincenas durante el mes de agosto de 2024, quedando establecido de la siguiente forma:
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 6:00 horas del 1 de agosto y las 6:00 horas del día 16 de agosto.
- Las licencias cuyos ordinales terminen en número par permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 8:00 horas del 16 de agosto y las 6:00 horas del día 1 de septiembre.
Durante el mes de agosto será de aplicación el descanso semanal en régimen ordinario de lunes a viernes por número de licencia, no siendo aplicable el correspondiente a sábados y domingos ni los festivos de lunes a viernes.